Multas, sanciones estructurales y autorregulación regulada. Eficacia y límites del régimen de sanciones penales aplicables a las personas jurídicas en España y México
DOI:
https://doi.org/10.12345/91a9ap33Palabras clave:
modelo estructural, modelo económico,, penas, autorregulación empresarial, Responsabilidad penal de las personas jurídicasResumen
Este artículo parte del régimen legal de responsabilidad penal de las personas jurídicas en España y México, destacando la transición desde modelos de responsabilidad vicaria hacia otros de impronta más o menos marcada de autorresponsabilidad. En España, el Tribunal Supremo ha consolidado un modelo de estricta autorresponsabilidad como “delito corporativo”. En México, el panorama es más complejo debido a la heterogeneidad normativa federal y estatal, existiendo en el plano federal una falta de sintonía a la hora de conceptuar el modelo de responsabilidad entre las previsiones del Código Penal Federal y del Código Nacional de Procedimientos. A partir de esta regulación, los catálogos de sanciones penales en ambos países, alineados con estándares internacionales, combinan un modelo económico (centrado en sanciones pecuniarias disuasorias, principalmente la multa) y un modelo estructural integrado por sanciones interdictivas. No obstante, la doctrina advierte sobre una disfunción política-criminal: aunque el sistema aspira a la prevención y la autorregulación empresarial, estas sanciones se enfocan principalmente en una dimensión preventivo-negativa, general y especial, pero carecen de una finalidad clara de resocialización empresarial. Por ello, se propone evolucionar hacia un régimen sancionador que combine la disuasión con esta finalidad, incorporando la perspectiva de las víctimas y sanciones que fomenten una reorganización interna real y una cultura de cumplimiento corporativo.