La imprescriptibilidad de la acción penal como herramienta para evitar la impunidad del feminicidio en El Salvador
Palabras clave:
Feminicidio, imprescriptibilidad, machismo, debida diligencia, impunidadResumen
La imprescriptibilidad de la acción penal en casos de feminicidio en El Salvador, establecida mediante el artículo 58-A de la LEIV, constituye un avance normativo relevante para combatir la impunidad. Desde un enfoque dogmático-explicativo y cualitativo, se analizó la aplicación del estándar de debida diligencia en las etapas iniciales de investigación y su impacto en el acceso a la justicia para las víctimas. A través de entrevistas a actores clave del sistema judicial y de la sociedad civil, se identifican avances, pero también importantes deficiencias: insuficiente coordinación interinstitucional, falta de recursos técnicos y humanos, y una limitada incorporación de la perspectiva de género en las investigaciones. El estudio concluye que, si bien la imprescriptibilidad fortalece el marco jurídico, por sí sola no es suficiente para erradicar la impunidad del feminicidio. Se requiere fortalecer las capacidades institucionales, asegurar la aplicación efectiva de protocolos especializados y fomentar políticas públicas que deconstruyan la cultura machista que subyace a estos crímenes. Además, se recomienda crear un sistema de resguardo probatorio a largo plazo, implementar medidas de protección integral a víctimas y testigos, y garantizar un enfoque diferenciado en el tratamiento judicial. El compromiso estatal debe ser integral, articulando esfuerzos preventivos, investigativos y judiciales con base en los estándares internacionales de derechos humanos.