La extractividad de las leyes procesales penales
Palabras clave:
Extractividad, retroactividad, derechos procesales adquiridos, garantismo penal, principio pro-reoResumen
El presente texto examina la extractividad de las leyes procesales penales, en cuanto a su aplicabilidad en el tiempo, especialmente ante reformas normativas. Se parte de la regla general contenida en el aforismo “tempus regit actum”, que establece la aplicación inmediata de la norma procesal vigente al momento de realizarse cada acto. No obstante, se reconoce la excepción en favor del imputado cuando la nueva ley ofrece mayores beneficios, en atención al principio pro-reo. Desde una perspectiva dogmática y jurisprudencial, se distingue entre derechos procesales adquiridos y meras expectativas, afirmando que solo aquellos integrados definitivamente al patrimonio jurídico del gobernado deben protegerse frente a la modificación normativa; así el proceso penal debe ser entendido como una unidad valorativa con sentido político-criminal, que no debe verse afectado por normas posteriores que disminuyan las garantías procesales. De ahí que toda ley procesal más restrictiva deba considerarse irretroactiva. En conclusión, se propone una interpretación garantista de la extractividad, equiparando en muchos aspectos el régimen de irretroactividad de la ley procesal con el de la ley penal sustantiva, privilegiando la norma más favorable al inculpado en aras de preservar el debido proceso y los derechos fundamentales.